Este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de apelación intentado contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 08 de Junio de 2005.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo decidido por este Tribunal SE MODIFICA la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 08 de Junio de 2005, en cuanto a la declaratoria sin lugar de la acción, ya que una de las consecuencias de la caducidad es la declaratoria de inadmisibilidad de la acción.
TERCERO: No hay condenatorias en costas.
CUARTO: Remítase .....