declara como únicos y universales herederos de la de-cujus Braulia Rodríguez de Laya, a la solicitante ciudadana Daisy Coromoto Laya Rodríguez, ya identificada, y a los ciudadanos José Graciano Laya, Alicia Cornelia, Rosalía, Francisco José, Imelda Ramona, María Oxalides, Edgar Ramón, Alexander Antonio, Margarita del Carmen y Moraima Tibisay Laya Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.615.713, 8.130.122, 9.262.284, 9.265.731, 9.386.723, 9.990.938, 9.988.207, 9.990.936, 11.189.452 y 12.206.291 en su orden. Se dejan a salvo los derechos de terceros.