declara como únicos y universales herederos del de-cujus José Ramón Durán, a la solicitante ciudadana Ana Rosa Durán Gómez, ya identificada y a los ciudadanos Jesús Ramón Durán Noguera y María del Carmen Gómez Rondón, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.858.838 y 4.953.992 en su orden. Se dejan a salvo los derechos de terceros.