En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentada por los ciudadanos: ADHAM AL CHIBLI y AL CHEBLI DE AL CHBLI RIMA AMERICA, contra el ciudadana: CÉSAR AUGUSTO ALMONACID ORTIZ, identificado en autos.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante, conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida.
QUINTO: No se ordena notificar de la presente decisión, por haberse dictado dentro del lapso previsto en el artículo 887 ejusdem.
Publíquese y Regístrese y expídanse las copias certificadas de ley, una vez quede ejecutoriado el presente fallo.