no compareciendo la parte actora; razón por la cual se declara extinguido el proceso de conformidad con lo establecido en los artículos 757 y parte final del 756 del Código de Procedimiento Civil. No estuvo presente en este acto el Fiscal Séptimo del Ministerio Público de este Estado. Se deja constancia que estuvo presente en este acto el defensor judicial de la demandada abogado en ejercicio Juan Leocadio Herrera Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 25.651. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.