DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Juicio Unipersonal Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA: PRIMERO: Admite Parcialmente la Acusación Fiscal con el cambio de calificación jurídica solicitado por el Ministerio Público; así como los medios probatorios ofrecidos y ratificados en éste acto, por la presunta comisión del delito de: Violencia Física, previsto y sancionado en el Artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la Ciudadana: Yakeline del Carmen Issa Zamudia. SEGUNDO: Se Admite la aplicación de la Alternativa a la Prosecución del Proceso prevista en el Artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, como es la Suspensión Condicional del Proceso. TERCERO: En consecuencia el Ciudadano: ANDRÉS EDUARDO FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, Venezolano, titular de la Céd.....