Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA: la formula Alternativa al Cumplimiento de Pena denominada DESTACAMENTO DE TRABAJO (MODALIDAD AGRICOLA) a la Penada BELKIS ALICIA GARRIDO, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 4.260.046, de 50 años de edad, natural de San Rafael de Canaguá, Estado Barinas, nacido el 23/06/1955, hija de Eva Garrido y Pablo León, residenciada en el Barrio el Molino, calle 07, entre Av. 05 y la calle Principal de la Cinqueña, casa S/N, frente al Poste de alumbrado público N° 166, Barinas estado Barinas; todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 500 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal, Artículos 61 y 73 de la Ley de Régimen Penitenciario y Artículos 19, 21 Ordinales 1° y 2°, 26 y 272 de la Constitución.....