Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL suscrita por el abogado en ejercicio GABRIEL FERNANDO VIRLA VILLALOBOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 244.373, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RIGO OSMAN LORENZI MALDONADO, parte actora en el presente juicio y suficientemente identificado en actas, y el abogado en ejercicio OSCAR RAFAEL LINERO SOTILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 203.889, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana FLOR MARÍA RAMÍREZ DE PULS, parte demandada en el presente juicio y suficientemente identificada en actas, en el presente juicio por motivo de Cobro de Bolívares (Vía Intimación), con fu.....