PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070, de fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, formulada por la ciudadana:ANA TERESA MENDEZ DE AZAM, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.638.827, en contra del ciudadano SAUD YADALA AZAM CASTAÑEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.290.433.
SEGUNDO: Se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos: ANA TERESA MENDEZ DE AZAM y SAUD YADALA AZAM CASTAÑEDA, supra-identificados;ante por el Registro Civil del Municipio Rojas del Estado Barinas, en fecha siete (07) de febrero del año dos mil veinticinco (2025), tal como se evidencia en la copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 08, Folio 008, Tomo I, .....