DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: decreta: PRIMERO: Admite el escrito de acusación en su totalidad, por los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en eL Artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Orden Público y LESIONES PERSONALES LEVES, previstas y sancionadas en el Artículo 416 ejusdem, en perjuicio del Ciudadano José Alirio Sánchez Soto. SEGUNDO: Visto lo manifestado por el acusado de acogerse al procedimiento de Admisión de hechos, de conformidad con el Art. 376 del COPP, este tribunal procede a dictar sentencia condenatoria al acusado JESUS MARTIN VALERO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de 55 años de edad, nacido en fecha 01-07-52, natural San Juaquin de Navai, San Cristóbal, Estado Táchira, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.635.337, de ocup.....