DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley NIEGA LA ORDEN DE APREHENSION JUDICIAL, solicitada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, contra de la imputada YAMILE RAMIREZ CHACON, venezolana, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.783.002, nacida en fecha 21-06-83, natural de San Cristóbal Estado Táchira, hija de Hermes Ramírez y de Regla del Carmen Chacón, residenciada en la parcela "Las doradas", ubicada en sector costa del río de Spa Unidad II de la Reserva Forestal de Ticoporo, Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas. Publíquese, regístrese y Notifíquese.
Dada firmada, sellada y refrendada en este Tribunal de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, a los treinta (30) días del mes de julio de 2007. Años 197º de la Independe.....