DISPOSITIVO
En virtud del mandato del artículo 227 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que la Ley confiere a este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en consecuencia declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Acción Posesoria por Perturbación intentada por el ciudadano GONZALO AGUSTÍN VILLARROEL HIDALGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.132.232, por medio de su apoderado judicial Abogado HECTOR EDUARDO SALAS OSORIO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 143.163 en contra de los ciudadanos LEONEL AYALA MOLINA y DECCY COROMOTO MOLINA ALVARADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 14.371.459 y 9.181.819, en su orden.
SEGUNDO: se ordena oficiar al Instituto Nacional de Tierras a los fines del cumplimiento de lo ordenado en la parte motiva del presente fallo.....