DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos éste Tribunal De Primera Instancia del Circuito Judicial Con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer, actuando en Función de Juicio Nº 01 de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Emite Los Siguientes Pronunciamientos: PRIMERO: Declara INCULPABLE, al ciudadano ANDRÉS RAMÓN TORRES DIAZ, venezolano, soltero, nacido en el Vigía Estado Mérida, en fecha 05-07-1963, de 50 años de edad, titular de la Cédula de Identidad número Vº 8.142.547, de ocupación agricultor, hijo de Rita Díaz de Torres (v) y de Andrés Avelino Torres (f), residenciado en Calle Aranjuez, cruce con la Avenida Carabobo, Casa Nº 5-252, diagonal a la cancha de Prevención del Delito, Estado Barinas, teléfono 0414-567.09.64/ 0273-5523921, de la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el Artículo 3.....