DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA PRIMERA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE el recurso de apelación de autos interpuesto por los abogados en ejercicio LEOVANYS FRAGOZO INFANTE, HENRY J. REVERON y MIGUEL A. CARDENAS, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo los Nros. 129.067, 216.575 Y 265.423 respectivamente, en su condición de defensores privados del ciudadano RENAN JOSE FERNANDEZ MATOS, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.292.829, contra la decisión No. 392-23, de fecha 26 de Julio de 2023, emitida por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de conformidad con el contenido del 428 literal "c" ejusdem.
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