Con fundamento en las razones de hecho y de derecho antes expuestas, de conformidad con lo previsto en el articulo 578 literal "f" y 583 ambos de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial penal del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA RESPONSABLE PENALMENTE al adolescente: JHOAN FERNANDO CORONADO FERNÁNDEZ, venezolano, de 15 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.707.077, ocupación Estudiante de Octavo Año de Bachillerato, nacido en fecha 15/03/1994, natural de Trujillo, hijo de los ciudadanos Eysel Fernández (v) y de Ely Coronado (v), residenciado en la Urbanización José Antonio Páez, Sector I, Vereda 60, casa S/N, cerca de la Agencia de Lotería Coiran, y en la Parroquia Tres Esquinas, Sector I, casa Nº 38-16. Municipio Trujillo, Estado Trujillo, en la comisión del delito de: VIOLACIÓN AGRAVADA, prev.....