este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ORDENA: EJECUTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. A tales efectos: Se determina que el adolescente supra identificado, fue sancionado por la comisión del delito de: POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad, a cumplir la medida prevista en el artículo 620, literal "b", en relación con el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, consistiendo en Reglas de Conducta; 1.- Obligación de presentarse cada treinta (30) días por ante la oficina de alguacilazgo de esta sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes. 2.- Prohibición de portar armas de cualquier tipo. 3.- Prohibición de consumir bebidas alcohólicas, cigarrillos y sustancias estupefacientes y psicotrópicas. 4.- Proh.....