El adolescente fue sancionado en fecha 04 de Agosto de 2011, con la Medida de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS Y LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con los artículos 620, literal "b" y "d", 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por el lapso de DOS (02) AÑOS, por la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas. Se determina que el adolescente, fue detenido por el hecho en fecha 10 de Julio de 2011, por lo que ha permanecido privado de su libertad, previo a la fecha de la sanción, por un lapso de VEINTICINCO (25) DIAS; que de la sanción ha cumplido, hasta el día de hoy, UN (01) MES Y VEINTISEIS (26) DIAS y así mismo que le falta por cumplir UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y CINCO (05) DIAS, también se establece que la sanción CULMINARIA el 04 DE AGOSTO DE 2013; ahora bien a los fines de dar cumplimiento a lo e.....