En consecuencia, este JUZGADO DEL MUNICIPIO ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, por estimar que el referido convenimiento va en beneficio del interés superior del niño ANGELO GABRIEL DEL ROSSO CRUCES, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte Formal HOMOLOGACION al referido Convenimiento y ordena el cese del procedimiento y en consecuencia el Archivo del Expediente. Regístrese, publíquese y expídase las copias de Ley.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.- Libertad, a los treinta (30) días de Octubre del Dos Mil Siete (2.007).- Año 197° y 148°.
LA JUEZA,
Abg. NORIS ASTINA ROMERO FRIAS
EL SECRETARIO,
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