PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la reconvención propuesta por el demandado ciudadano Esteban Luis Estaba Parada contra la actora ciudadana Daxi del Valle Torres Campos, suficientemente identificados en el texto de este fallo.
SEGUNDO: Se declara IMPROCEDENTE la demanda intentada por la ciudadana Daxi del Valle Campos Torres, en su carácter de única accionista de la empresa mercantil Hielo Duro C.A., en contra del ciudadano Esteban Luis Estaba Parada, ya identificados, por existir inepta acumulación de las pretensiones de resolución y cumplimiento del contrato de opción a compra-venta, autenticado por ante la Notaría Pública Primera del Estado Barinas, en fecha 14/03/2008, bajo el N° 60, Tomo 61 de los libros respectivos.
TERCERO: Se condena al demandado al pago de las costas de la reconvención, y a la parte actora al pago de las costas del juicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: No se ordena notificar a las partes y.....