DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Alberto Bastos Pérez y Alicia Aurora Soto de Bastos, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Prefectura de la Parroquia Cárdenas del Municipio Uribante del Estado Táchira, en fecha 09-12-1976, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº. 019.