SE DECLARA COMPETENTE al Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, para conocer del cumplimiento de su decisión dictada en fecha 15/01/2007 y fundamentada por auto separado en fecha 16/01/2007, en cuanto al recibimiento de los requisitos exigidos para el otorgamiento de la Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de la Libertad de Fianza Personal para el imputado José Leonardo Vásquez, el cual además deberá dejar transcurrir el lapso procesal correspondiente para el ejercicio de los recursos ordinarios o extraordinarios que pudieran interponerse contra la decisión dictada y luego remitir la causa inmediatamente al Tribunal de Juicio de este Circuito Judicial al que por distribución le correspondiera, todo ello con base a lo dispuesto por los artículos 172, 178 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal.