a) OFICIAR a la Empresa Aseguradora Seguros La Occidental, C.A, a los fines que remitan en cheque de gerencia a nombre de este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cualquier cantidad de dinero que le puedan corresponder a la adolescente YOHALY PAOLA SUAREZ como beneficiaria de una póliza de Seguro de Vida, contratada en vida con la referida Aseguradora, por la ciudadana ESMEIRA JOSEFINA SUAREZ LOPEZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 7.930.627 y madre de la adolescente de autos
b) No hay costas por la naturaleza del presente procedimiento.
Publíquese, Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala 1 del Despacho del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los treinta y un (31) días del mes de Enero de dos mil Once. 200º de la In.....