DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Abogado Saiz Rafael Mitilo Veliz, en su condición de apoderado querellante, contra la sentencia publicada en fecha 08.01.07, dictada por el Tribunal 3° de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en la cual fue absuelto el querellado Luis Villalba, por la comisión del delito de Difamación, en perjuicio del ciudadano Carlos Gilberto Pulido Rojas. SEGUNDO: Se ordena la celebración de un nuevo juicio oral público, ante un Juez o Jueza distinto a la que la pronunció, de este mismo Circuito Judicial Penal; de conformidad con lo establecido en los artículos 195, y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, remítase las actuaciones en su op.....