DECISION
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo tanto del Nuevo Régimen Procesal como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, publicada el día 23 de Mayo de 2006.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, publicada el día 23 de Mayo de 2006.
TERCERO: Se condena en costas del recurso a la parte demandada-apelante de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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