CON LUGAR la aclaratoria interpuesta en fecha 26-07-2007, por la abogada en ejercicio YADIRA BARBOZA DE LUGO, apoderada judicial de la Sociedad Mercantil "AGROPECUARIA SACRAMENTO 999 C.A." y en consecuencia procedente la indexación o corrección monetaria de acuerdo a los índices de inflación y precios de venta al consumidor que pública periódicamente el Banco Central de Venezuela, tomando en cuenta el valor de la cantidad pagada y el concepto faltante. A tales fines el demandado ciudadano JUAN MANUEL CABRERA ALAMO, pagara adicionalmente la cantidad que resulte de la experticia complementaria del fallo, tomando en cuenta el día en que se celebro la compra-venta, 21-10-1999 hasta el día en que la decisión quede firme.