Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Declara con lugar la aprehensión del imputado WILLY JOSE MENDIOLA RODRIGUEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 10-07-1986, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.336.694, de profesión u oficio TSU. MANTENIMIENTO INDUSTRIAL, soltero, hijo de GLADYS DE MINDIOLA y WILSON MENDIOLA, residenciado en la Urbanización San Felipe, sector 1, calle 13, casa 11,la Popular, sector 12, avenida 53, calle 16, casa Nº 01, telef. 0414-2790536, Municipio San Francisco, Estado Zulia, por lo que califica la Flagrancia de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44.1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Pen.....