DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, que se despliega sobre el predio denominado "AGROPECUARIA ALTAMIRA", ubicado en el sector El Uno Asentamiento Campesino, Parroquia Ticoporo, Municipio Antonio José de Sucre del estado Barinas, con una extensión aproximada de DIECISEIS HECTAREAS CON NUEVE MIL DOSCIENTOS ONCE METROS CUADRADOS (16 has con 9.211 Mtrs2), cuyos linderos particulares son: : NORTE: Terrenos ocupados por Adelmo Guerrero, SUR: Vía Penetración; ESTE: Terrenos ocupados por Jairo Aranda; y OESTE: Vía Penetración, peticionado por la ciudadana OLGA DEL CA.....