Por todo lo antes expuesto de hecho y de derecho, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara De Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA, Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de la Libertad para el ciudadano YONEL ANTONIO COLINA SANCHEZ, quien dijo ser de nacionalidad Venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, Estado Zulia, de 32 años de edad, fecha de nacimiento: 10-07-1973, de estado civil soltero, de profesión u oficio Carpintero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.011.157, hijo de Edubio Antonio Colina y de Lola del Carmen Sánchez, y residenciado en el Barrio San Benito, calle 13, casa Nº 01, cerca de Abasto Lucre, San Carlos de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, a quien el Fiscal Decimosexto del Ministerio Público le imputa la presunta comisión del delito de: HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Ar.....