En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas, del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: En cuanto a la admisibilidad de la Acusación presentada por la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público en contra del imputado ORLANDO ECCIO PIZARRO de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-10.622.023, residenciado en el Urbanización Terrazas de Santo Domingo, calle 06, casa Numero 2-84 Municipio Bolívar del estado Barinas, teléfono: 0414-5690880 por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, prevista y sancionada en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ELOISA RAMONA BALZ.....