Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la aprehensión del imputado: JULIO CESAR ALVAREZ IGUARAN, titular de la cédula de identidad No. V-16.459.022, de nacionalidad Venezolana, natural de paraguaipoa, fecha de nacimiento 10-03-84, de 28 años de edad, estado civil soltero, de profesión u Oficio Comerciante y estudiante, hijo de oscar Eduardo Álvarez y Ángela Patricia Iguaran González, residenciado en: Paraguaipoa, Avenida 17, calle La Tinajita, Sector Libertador, Casa N° 21.709-1, detrás de la Policía Municipal, del Municipio Guajira, del Estado Zulia, Teléfono: 0416-761-7854, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal; cometido en perjuicio del ORDEN PUBLICO, .....