Por todos lo razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE la demanda de partición y liquidación de comunidad concubinaria, interpuesta por el abogado en ejercicio Heinar Felipe Sifontes Valdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.999, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Sorelly Nohemí Goitía Loyo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.359.130, en contra del ciudadano Isam Charani Charani, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.654.247.
SEGUNDO: No se condena en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
TERCERO: Se ordena notificar a la partes de la presente decisión, por cuanto la misma se dicta fuera del .....