Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley DECLARA:
1.- SIN LUGAR, la Oposición formulada por la parte demandada, en el juicio de Cobro de Bolívares (Intimación) que sigue la Sociedad Mercantil MUEBLES VITRINAS COMPAÑÍA ANÓNIMA (MUVICA), en contra de la Sociedad Mercantil COMERCIAL SANTA MARIA, C.A.;
2. CONFIRMA, el Decreto de SECUESTRO sobre los siguientes bienes: Una (01) cava cuarto 174x232x238, marca: NEVERAMA, serial CS0528062007; 2.- Un (01) mostrador con cava de 11 pies, marca NEVERAMA, serial NA11-2007-042; 3.- Un (01) mostrador con cava de 13 pies, marca NEVERAMA, serial NA13-2007-019; 4.-Un difusor de 1HP, serial 2646;5.-Un (01) motor 1HP serial 0212003; 6.-un motor ¾ HP, serial 02120196; 7.- un motor de 1HP, serial05101427;8.-Un molino de carne, motor de 1......