Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la presente Solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos JOSE ANGEL BELLORIN SIFONTES y THAIDELYS VANESSA MUÑOZ BANDRES, plenamente identificados, desde el día veintitrés (23) de agosto de dos mil diez (2010), según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 16, Tomo II folios doce (12) y trece (13) del año dos mil diez (2010), en el libro de matrimonio civil llevado por ante la Oficina del Registro Civil de la Parroquia Paracotos del Municipio Guaicaipuro del estado Miranda.
Publíquese, regístrese.
Dada, fir.....