Este Tribunal:DECLARA: PRIMERO: FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, EL CINCUENTA POR CIENTO (50%), de las cantidades de dinero que por concepto de salario, fideicomisos, utilidades de fin de año, vacaciones y bono vacacional, prestaciones sociales, fondo de ahorro y cualquier otra cantidad de dinero que le pudiera corresponder al ciudadano JOSE RAFAEL RIQUEZES RODRIGUEZ, antes identificado, parte demandada en el presente juicio, en su condición de Docente adscrito al Ministerio de Educación y Deporte, en consecuencia declara consumada la Desposesión Jurídica, del ejecutado. SEGUNDO: Esta Jurisdicción Especial Ejecutora de Medidas, le hace saber al Notificado (a) lo siguiente: 1) Que las cantidades Embargadas Preventivamente descritas y señaladas en esta acta, deberán ser remitidas cuando se causen, en la figura de Cheque de Gerencia a nombre y a la orden del Juzgado de la causa, es decir, JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIA.....