DECISION
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo tanto del Nuevo Régimen Procesal como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte demandante contra la sentencia publicada el día 08 de Febrero de 2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión la sentencia publicada el día 08 de Febrero de 2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas.
TERCERO: No se condena en costas, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Organica Procesal del Trabajo.
CUARTO: Remítase a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos a los fines de que.....