En razón de los argumentos anteriormente expuestos, esta Juzgadora niega la solicitud de Declaratoria de DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, realizada en Acta de Audiencia Preliminar, y que corre inserta a los autos 29 al 31, por el Apoderado Judicial de la parte demandada de autos. Se ordena dejar transcurrir el lapso para la interposición de recurso y una vez transcurrido el mismo se mantiene el llamado a Audiencia Preliminar, el cual se verificara por auto expreso con indicación, del día y hora en que se llevara a cabo la Audiencia. Cumplase.-
Asi mismo dejar establecido esta Juzgadora, y hace un llamado de atención a la conducta desplegada por los Abogados, quienes ostentan la representación de las partes en el presente procedimiento ya que constituye un "deber", ajustar la conducta a la dignidad de la Justicia, al respeto que se deben los litigantes y a la buena fe, cuyo máximo exponente es la afirmación de la verdad; ya que las partes no deben luchar en el proceso solamente p.....