Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos ALI HERRERA y JHONNY NIÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nro. 4.242.808 y 8.412.506, en contra la firma mercantil PERFORACIONES ALBORNOZ C.A. Inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 12 de enero de 1992 quedando anotada bajo el Nº 01, Tomo 11-A de los libros llevados por este Registro cuyo presidente es el ciudadano Miguel Albornoz Rodríguez.
SEGUNDO: Se condena a la firma mercantil PERFORACIONES ALBORNOZ C.A. antes identificada, a pagar al demandante la cantidad de CIENTO VEINTE MILLONES SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCO BOLIVARES CON CUARENTA Y D.....