D E C I S I O N
Por todas las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA PRETENSIÓN del accionante, y como consecuencia de ello se declara:
PRIMERO: que la demandada debe pagar al actor la cantidad de BOLÍVARES CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CATORCE CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 14.892.314,95) mas lo que le corresponda por la Mora Convencional mas lo que le corresponda por Intereses sobre Prestaciones Sociales.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del Fallo no hay especial condenatoria en costas.
En atención a lo dispuesto en el artículo 95 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, por cuanto el presente Fallo obra directa o indirectamente contra los intereses patrimoniale.....