De la decisión
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, homologa la transacción en los términos expuestos, dándole carácter de cosa juzgada. Y así se declara.
Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena el cierre y archivo del presente expediente.
Publíquese y regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los once días del mes de octubre de dos mil doce. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
La Jueza,
Abg. Tahís Camejo La Secretaria,
Abg. María de los Ángeles Hidalgo
En la misma fecha, s.....