DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar la pretensión de amparo constitucional intentada por los accionantes. SEGUNDO: Se ordena al Movimiento Bicentenario Ezequiel Zamora, liderizado por su vocero principal, ciudadano Carlos Pérez, así como a cualquier persona que se encuentre en las adyacencias de las puertas de entrada, abstenerse de impedir el libre tránsito y acceso de los trabajadores de la Universidad Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora a ese recinto. TERCERO: Se ordena a la Policía del Estado Barinas el apostamiento de un grupo no menor de cuatro (04) funcionarios en las puertas de acceso a las instalaciones de la Universidad Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora, por un lapso de treinta.....