De la decisión
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil Garzón Hipermercado Mérida C.A., contra la providencia administrativa número 163-2011 de fecha 25 de febrero de 2011, dictada por la el Insopector del Trabajo del Estado Barinas, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudadana Tania Leticia Fontalvo Vargas. Segundo: Se anula el mencionado acto y su contenido. Tercero: Se ordena notificar al Procurador General de la República de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezu.....