De la decisión
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar la demanda de nulidad interpuesta por el ciudadano Víctor Peña Díaz, titular de la cédula de identidad Nro. V.-12.208.688, contra la providencia administrativa Nro. 024-2011, de fecha 21 de enero de 2011, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Barinas, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de calificación de faltas y autorización para el despido incoada por la sociedad mercantil Autollanos Barinas, C.A. Segundo: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo. Tercero: Se ordena notificar al Procurador General de la República de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica.....