DECISION
Por todas las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Parcialmente Con Lugar la demanda incoada por el ciudadano RIDER JOSE CORDERO PEÑA, anteriormente identificado, contra la empresa BGP International Of Venezuela, S.A., y solidariamente PDVSA PETROLEO Y GAS .con ocasión de esta declaratoria deberán pagar al demandante la cantidad de TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS BOLIVARES CON VEINTIOCHO CENTIMOS (Bs.3.492,28) mas lo que resulte de la experticia ordenada en la motiva del presenta fallo par calcular los intereses moratorios y corrección monetaria
No hay condenatoria en costas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República se ordena la notificación de la Procuradora General de l.....