DECISION
Por todas las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Parcialmente Con lugar la demanda incoada por los ciudadanos José Evelio Valero, José Luis Osman Terán y Franco José Bortolotti González, antes identificados contra la empresa TUBOSCOPE BRAND DE VENEZUELA S.A., igualmente identificada.
Con ocasión de esta declaratoria deberá pagar a los demandantes la cantidad de Ochenta y Seis Mil Sesenta y Un Bolívares con Noventa y Tres Céntimos, (86.061.93 Bs.) Ochenta y Seis Mil Setecientos Diez y Seis Bolívares con .Noventa y Tres Céntimos, (86.716.93 Bs.). Ochenta y Seis Mil Ciento Noventa y Tres Bolívares con Noventa y Tres Céntimos (86.193.93 Bs.), más lo que resulte de la experticia ordenada en la motiva del presente fallo.
No hay condenatoria en costas.
Dada, firm.....