DECISION
Por todas la razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JESUS MARIA BENAVENTE LOVATON, ya identificado en contra de la EMPRESA BGP INTERNATIONAL OF VENEZUELA S.A., con ocasión de la anterior declaratoria la demandada deberá pagar al demandante la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 100.000, 00)
No hay condenatoria en costas.
En razón de que el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales siendo un tercero interesado en el presente juicio no resulto condenado y por no encontrarse en juego los intereses del Estado esta juzgadora se exime de ordenar la notificación del Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela por cuanto no se hace necesaria.
Dada, firm.....