D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuesta este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: JOSÉ RAMÓN PÉREZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.052.188 en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA, representada por el ciudadano: abogado LENIN MARTIN CONTRERAS VIVAS, venezolano, mayor de edad e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 89.916.
Notifíquese al Sindico Procurador Municipal del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas de la presente decisión de conformidad con lo previsto en el artículo 155 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, toda vez que haya transcurrido íntegramente el lapso para dictar el presente fallo. Así mismo,.....