PRIMERO: Este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria se declara COMPETENTE para conocer de la presente Medida Cautelar de Protección Agroalimentaria.
SEGUNDO: Se decreta la MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA, con el fin de resguardar el sistema productivo agrícola vegetal que se desarrolla en el predio denominado "LOS DOS MANGOS.", ubicado en el Asentamiento Campesino Colonia de Mijagual, sector Aguas Negras, parroquia Palacio Fajardo, municipio Rojas del estado Barinas, constante de una superficie aproximada de CINCUENTA Y UN HECTAREAS CON SIETE MIL SEINCIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (51 HAS 7687 m2.), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Terrenos ocupados por Hernán Mejías y Caño Hondo; SUR: Vía Aguas Negras y terrenos ocupados por Sucesión Colmenares; ESTE: Terrenos ocupados por Víctor Pérez y Merlin José Mejía y OESTE: Terrenos ocupados por Hernán Mejías y vía Aguas Negras, el cual cumple con los fundamentos establecidos en el artículo 305 de la.....