En este estado indica el ciudadano Juez que Siendo las cinco cuarenta y cinco de la tarde, concluido el recorrido a objeto de dilucidar cualquier petición por el grupo de cooperativistas, sin que ello implique la solución alterno al conflicto aquí planteado por la partes en litigio, este Tribunal considera dada por evacuada la prueba anticipada a objeto de formar criterio jurisdiccional y posteriormente como ya había sido anticipado por auto separado resolverá dando respuesta a lo solicitado, se ordena extender las copias correspondientes como costumbre de este Tribunal a las partes y con consideración posterior a los aportes probatoria que una u otra parte proporcionaron a este órgano en el recorrido, es todo. El Tribunal ordena regresar a su sede siendo las 07 y 30 de la noche del mismo día de hoy, dando por terminado el presente acto. Es todo. Terminó, se leyó y conforme firman
EL JUEZ,
LOS SOLICITANT.....