PRIMERO: C0MPETENTE para el conocimiento del presente juicio de conformidad con el artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
SEGUNDO: Se Declara SIN LUGAR la presente ACCIÓN DERIVADA DE CRÉDITO AGRARIO intentada por intentado por sociedad mercantil MERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL, a través de sus apoderados judiciales Abogados EDGAR DARIO NUÑEZ ALCANTARA, MARISELA FEBRES DE CARTAY Y RAYDA GIRALDA RIERA LIZARDO, en contra del ciudadano RUBEN DARIO VAZQUES PALMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.315.376.
TERCERO: Como consecuencia del particular anterior se DECLARAN Inexigibles los créditos otorgados por MERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL C.A., al ciudadano RUBEN DARIO VAZQUES PALMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.315.376 ventilado en este proceso.
CUARTO: Se le ordena al MERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL C.A., otorgar al ciudadano RUBEN DARIO VAZQUES PALMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédul.....