El caso de marras versa sobre una Medida de Protección Agroalimentaria y Ambiental, solicitada por el ciudadano Luís Miguel Bello, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, número 13.530.995, asistido por el abogado Héctor Lucena, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 268.010, en los términos consagrados en el artículo 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en contra del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTi) con sede en la ciudad de Barinas estado Barinas, que actúan como sujeto pasivo de la solicitud cautelar, por lo que el Juzgado competente para su tramitación y decisión es el Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial estado Barinas; y no este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, que resulta evidentemente INCOMPETENTE, en consideración a tener concentrado su conocimiento a las controversias que se susciten entre particulares con ocasión a la a.....